domingo, 16 de diciembre de 2007

LA SITUACIÓN DE LOS DESC Y EN ESPECIAL EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN EN GUATEMALA

“Reconociendo que, con arreglo a la Declaración
Universal de Derechos Humanos, no puede realizarse
el ideal de ser humano libre, liberado del temor y
la miseria, a menos que se creen condiciones que
permitan a cada persona gozar de sus derechos económicos,
sociales y culturales, tanto como de sus derechos
civiles y políticos” (cuarto párrafo del preámbulo
del Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales).



1. Los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC) y el Derecho Humano al Desarrollo

1.1. Los Derechos Económicos Sociales y Culturales: Su protección internacional, regional y nacional

El tema de los DESC ha sido ampliamente desarrollado en la actualidad por diversos instrumentos nacionales e internacionales. Es dable recordar, que la reivindicación de dichos derechos inició con el movimiento de la Comuna de París en 1848 y fueron una de las exigencias de la denominada “Internacional Socialista”, pero también fueron reclamados por los ideológicos de la Social Democracia.

Fue a inicios del Siglo XX, en donde adquieren el carácter de derechos positivos los DESC, en instrumentos legales de orden interno. A guisa de ejemplo se puede mencionar, que en el ámbito de los Estados, se promulgaron los siguientes: la Constitución Mexicana de Querétaro de 1910, la Constitución Alemana de Weimar de 1919, la Constitución de Guatemala de 1945 (éstas con una orientación social demócrata), la Constitución Rusa consagrada después de la revolución bolchevique, la de China y la cubana –de corte socialista-, son algunos ejemplos.

Es en esos momentos en donde empieza a existir una concreción del movimiento social y obrero, por medio del cual va surgiendo el concepto de los derechos sociales y comienzan los gobiernos por reconocer las conquistas obreras, en especial las relacionadas con el derecho laboral .

Se propició una dimensión colectiva del ser humano (no como la individualista desarrollada en los inicios de la modernidad), que ve a la persona no como alguien enmarcado en su problemática individual sino también en su interacción con los demás, en la solución de sus necesidades básicas y sociales. En esta acepción al individuo se le concibe como parte de un conglomerado social que puede y pudo haber valer derechos que por su generalidad, son indispensables para el desarrollo equitativo y justo de la sociedad . Los DESC se comprenden pertenecientes a todo ser humano, por contribuir al desarrollo integral de la persona humana.

En el ámbito internacional, los DESC se desarrollaron con la concepción universalista de los Derechos Humanos de mediados del siglo XX. Se puede citar especialmente la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. A nivel regional, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Protocolo Adicional a la Convención Americana en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, cuyo instrumento de ratificación fue depositado por Guatemala el 5 de octubre de 2000.

La Declaración Universal de Derechos Humanos, reconoce dentro de los DESC:
• El derecho a la seguridad social y a la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales (artículo 22);
• El derecho al trabajo, a su libre elección, a condiciones equitativas y satisfactorias (artículo 23);
• El derecho al descanso, disfrute del tiempo libre y vacaciones periódicas pagadas (artículo 24);
• El derecho a la educación, que debe ser gratuita y obligatoria en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental; a la instrucción técnica y profesional y el acceso a los estudios superiores para todos en función de los méritos respectivos (artículo 26);
• Derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad (artículo 27).

El Pacto Internacional en materia de DESC, aprobado por la Asamblea General de Naciones Unidas, es coincidente con la Declaración Universal. Podemos describir los siguientes derechos que regula: derecho a fundar sindicatos, a sindicalizarse y el derecho a la huelga (artículo 8), a la seguridad social y al seguro social (artículo 9), protección y asistencia a la familia, a las madres durante la gestación, a niños y adolescentes, derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, con alimentación, vestido y vivienda y a una mejora continua de las condiciones de existencia, derecho a la salud física y mental (artículos 10 al 14), entre otros.

Como lo sostiene la licenciada Carmen Gutiérrez de Colmenares “a diferencia de la Declaración, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en un solo artículo, el 26, se refiere a estos derechos e indica que los Estados Parte se comprometen a adoptar providencias, tanto a nivel interno como mediante la cooperación internacional, especialmente económica y técnica, para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos que se derivan de las normas económicas, sociales y sobre educación, ciencia y cultura (…) en la medida de los recursos disponibles, por vía legislativa u otros medios apropiados (…) y se contenta, para llenar ese vacío legal, con remitir a las normas económicas, sociales y culturales contenidas en los artículos del 29 al 50 de la Carta de la Organización de Estados Americanos, reformada por el Protocolo de Buenos Aires ”.

A menudo se interpreta que el “término de ´obligación progresiva´ incluido en el Pacto, significa que sólo una vez que un Estado haya alcanzado un determinado nivel de desarrollo económico deben hacerse efectivos los derechos proclamados en el Pacto. Pero al contrario, el deber en cuestión obliga a todos los Estados Partes, independientemente de cuál sea su nivel de riqueza nacional, a avanzar de inmediato y los más rápidamente posible hacia la efectividad de los derechos económicos, sociales y culturales. La interpretación de esta cláusula nunca debe conducir a pensar que permite a los Estados aplazar indefinidamente sus esfuerzos para asegurar el goce de los derechos proclamados en el Pacto ”.

Siguiendo con la explicación de dicho término, se puede decir que “Mientras que determinados derechos, por su propia naturaleza, pueden prestarse más a hacerse efectivos en función de la ´obligación progresiva´, está claro que muchas de las obligaciones contraídas en virtud del Pacto han de cumplirse inmediatamente. Esto se aplicaría en particular a las disposiciones no discriminatorias y a la obligación de los Estados Partes de abstenerse de violar activamente derechos económicos, sociales y culturales o de anular las medidas protectoras legales o de otro tipo relacionadas con esos derechos ”.

El Pacto Internacional obliga a los Estados Parte a presentar informes sobre las medidas adoptadas y los progresos realizados para asegurar el respeto a los derechos que el mismo reconoce. Estos se remiten al Secretario General de la ONU, quien enviará copias al Consejo Económico y Social para que los examine y emita recomendaciones de carácter general o informativo, según proceda.

El Pacto Internacional en materia de DESC carecía en su origen de un mecanismo efectivo de vigilancia para el respeto y promoción de los mismos, como sí se hacía en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo Facultativo, los que contienen un Comité y un sistema de peticiones individuales. Ante ello, en 1985 se creó un Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (el cual no se contemplaba originalmente en el Pacto Internacional), a raíz de la defectuosa acción de dos órganos a los que se había encomendado la vigilancia del Pacto, integrado por dieciocho (18) expertos de reconocida competencia en materia de derechos humanos. Los miembros del Comité son independientes y actúan a título personal, no como representantes de los gobiernos. El propio Comité elige su Presidente, tres Vicepresidentes y un Relator. Los miembros del Comité son elegidos por el Consejo Económico y Social para un mandato de cuatro años y pueden ser reelegidos si se les selecciona para ello. El Comité es un órgano subsidiario del Consejo ECOSOC y su autoridad oficial dimana de ese órgano.

La función primordial del Comité es vigilar la aplicación del Pacto por los Estados Partes. Para ello se esfuerza en fomentar un diálogo constructivo con los Estados Partes y procura determinar por diversos medios si los Estados Partes aplican adecuadamente o no las normas contenidas en el Pacto, y cómo podrían mejorarse la aplicación y el cumplimiento del Pacto para que todas las personas con derecho a gozar de los derechos consagrados en el Pacto puedan efectivamente gozar de ellos.

El Comité también puede ayudar a los gobiernos a cumplir con sus obligaciones en virtud del Pacto, formulando sugerencias y recomendaciones específicas legislativas, de política y de otra índole, para la realización más eficaz de los DESC.

A nivel regional, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, hace mención del desarrollo progresivo de los DESC, en uno sólo de sus artículo, el 26. Eso denota la poca relevancia que se dio a inicios al tratamiento de los DESC, es por ello, que como ocurrió a nivel internacional, en el ámbito regional se hizo menester la aprobación de un Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, suscrito por la Asamblea General de la OEA en San Salvador, El Salvador, el 17 de noviembre de 1988.

En dicho Protocolo Adicional se guarda similitud con los derechos que protege el Pacto Internacional. En el Protocolo se reafirma la indisolubilidad de los derechos humanos, además, los Estados Parte se comprometen a adoptar las medidas necesarias tanto de orden interno como mediante la cooperación entre Estados, hasta el máximo de los recursos disponibles y tomando en cuenta su grado de desarrollo, para lograr progresivamente, y de conformidad con la legislación interna, la plena efectividad de los DESC.

Se pueden mencionar dos aspectos relevantes del Protocolo Adicional:
• La implementación de un sistema de peticiones individuales en el artículo 19.6 del Protocolo , que puede ser mejor desarrollado y ampliado con el devenir del tiempo;
• Que los Estados Parte del Protocolo se comprometen a presentar al Secretario General de la OEA, informes periódicos para los Consejos Interamericanos Económico y Social; de la Educación, la Ciencia y la Cultura; y de Derechos Humanos, respecto de las medidas progresivas adoptadas para asegurar el debido respeto a estos derechos, a fin que sean examinadas y emitan recomendaciones.

A nivel nacional, la Constitución Política de Guatemala de 1985, reconoce los siguientes DESC:
• Derecho a la protección y asistencia para la familia, las madres, menores y ancianos, se agrega la protección a los minusválidos (artículo 47 al 56);
• Derechos Culturales (artículos 57 al 65);
• Respeto a las formas de vida, costumbres, tradiciones formas de organización social, uso del traje indígena e idiomas de las comunidades indígenas (artículos 66 al 70);
• Derecho al deporte (artículo 91 y 92);
• Derecho a la salud, seguridad y asistencia social (artículos 93 al 99);
• Derecho a la seguridad social (artículo 100);
• Derecho al trabajo y a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias (artículo 101 al 106);
• Derechos sindicales (artículo 102 incisos q y r);
• Derecho de huelga y de paro (artículos 104 y 106);
• Derechos de los trabajadores del Estado (artículos 107 al 117);
• Derecho a un nivel de vida adecuado (artículos 118 y 119).

De acuerdo con la licenciada Gutiérrez de Colmenares, la Constitución de 1985 tiene un fuerte contenido humanista. En el Preámbulo se reconoce a la familia como génesis primario y fundamental de los valores espirituales y morales de la sociedad, y al Estado, como responsable de la promoción del bien común, de la consolidación del régimen de legalidad, seguridad, justicia, igualdad, libertad y paz. En cuanto a los principios del régimen económico y social (artículo 118) señala que se fundan en principios de justicia social, obligando al Estado a orientar la economía nacional.

De esos principios se derivan una serie de obligaciones del Estado, entre las que destacan: promover el desarrollo económico de la Nación, a través de estimular la iniciativa en actividades agrícolas, industriales, turísticas y de otra naturaleza; fomentar la descentralización económica y administrativa para lograr un adecuado desarrollo regional; velar por el nivel de vida de todos los habitantes; fomentar con prioridad la construcción de vivienda popular; procurar la defensa de los consumidores; impulsar activamente programas de desarrollo rural; crear las condiciones adecuadas para estimular la inversión de capital extranjero, la formación de capital, el ahorro y la inversión.


1.2. El reconocimiento del Derecho Humano al Desarrollo

1.2.1. La construcción conceptual del desarrollo humano


El concepto de desarrollo humano se ha venido vinculando con el derecho al desarrollo como un derecho humano. El desarrollo humano se entendió originalmente como “un proceso en el cual se amplían las opciones del ser humano” con el fin de lograr una vida prolongada y saludable, la adquisición de conocimientos y acceso a los recursos necesarios para lograr un nivel de vida decente .

Con el tiempo se estableció que el índice IDH debe incluir no sólo aspectos de medición económica y social (crecimiento económico, PIB, satisfacción de necesidades humanas básicas), sino agregar aspectos como libertad humana, avances en el ámbito cultural.

El desarrollo humano busca ampliar la gama de opciones de las personas. Al integrar los indicadores de educación, salud e ingresos, el índice IDH constituye un nuevo criterio para la evaluación del progreso humano que nos permite medir el desarrollo de una manera tal que no se limita únicamente a la búsqueda del crecimiento económico; o sea, nos ofrece una medición mucho más comprensiva que simplemente el PIB . El Informe de Desarrollo Humano de 1992 destacó, en ese sentido, la desigualdad agravada de las condiciones competitivas entre países ricos y pobres en el mercado internacional, por ende, planteó el establecimiento de una red de seguridad social para los necesitados y consultas globales tendientes a un nuevo “pacto internacional” sobre desarrollo humano, el cual colocaría al ser humano en primer lugar en las políticas nacionales y la cooperación internacional para el desarrollo .

En realidad, la perspectiva de los informes del PNUD, al igual que la Declaración sobre el Desarrollo de Naciones Unidas de 1986, coloca el concepto de desarrollo humano en la esfera de los derechos humanos y enfatiza la interrelación entre los derechos políticos, económicos y sociales.

El concepto de desarrollo humano tiene que ver con la aplicación de los derechos humanos, además no se limita a ciertos sectores sociales (como la educación y salud), el desarrollo humano apunta a la necesidad de desarrollar las capacidades humanas: la misma libertad –en una democracia- constituye un componente esencial del desarrollo humano .

En la Declaración y Programa de Acción de Viena, se fortalece lo anterior, al señalar la necesidad de fortalecer la trilogía democracia / desarrollo / derechos humanos, lo que exige la eliminación de la pobreza y la exclusión social como una alta prioridad. Es por ello, que el Informe del PNUD de 1993, se centró en la participación (a través de mercados, gobiernos y organizaciones comunitarias) como un elemento esencial del desarrollo humano, una vez más, “la pobreza constituye un enorme obstáculo a la participación, sea dentro o entre naciones ”.

En conclusión, el desarrollo humano debe centrarse en los componentes de desarrollo del pueblo (inversión en capacidades humanas) y a favor del pueblo (asegurar que el crecimiento económico se distribuya amplia y justamente), y el desarrollo por el pueblo (dar a todos la oportunidad de participar). Las consecuencias de colocar al público en el centro del cambio político y económico son considerables y desafían los conceptos tradicionales: se pasa por ejemplo de la seguridad de naciones a la seguridad de los pueblos (alimentación, empleo, medio ambiente seguro), de viejos modelos de desarrollo a nuevos modelos de desarrollo humano sustentable, de anticuados modos de cooperación internacional a nuevas formas de la misma centradas en las necesidades del pueblo. Así también, debe colocar un nuevo énfasis en la capacitación (empowerment) del pueblo y el fortalecimiento de la democracia, factores que incidente directamente en la protección ambiental, los derechos humanos y el desarrollo sustentable .

1.2.2. El reconocimiento del Desarrollo como un Derecho Humano

En la actualidad existen diversas fuentes que reconocen el derecho al desarrollo como un derecho humano. Se pueden mencionar como tales, las siguientes:
• La Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos (1981), que dispuso que todos los pueblos tienen derecho a su desarrollo económico, social y cultural (artículo 22);
• La Declaración sobre el Derecho al Desarrollo de 1986 de Naciones Unidas, la que no sólo coloca a la persona humana como el “sujeto central del desarrollo”, sino también califica el derecho al desarrollo como un derecho humano inalienable de “todos los seres humanos y todos los pueblos”, en virtud del cual están “facultados para participar en, contribuir a, y disfrutar del desarrollo económico, social, cultural y político”, en el que “puedan realizarse plenamente todos los derechos humanos”;
• En la Conferencia de Río de 1992 y en la de Viena de 1993, se hicieron también aportes decisivos para la cristalización del derecho al desarrollo;
• La Declaración sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992), afirma que “el derecho al desarrollo debe ejercerse en forma tal que responda equitativamente a las necesidades de desarrollo y ambientales de las generaciones presentes y futuras” (principio 3);
• La Decisión 48/141 del 20 de diciembre de 1993 de la Asamblea General de Naciones Unidas, mediante la cual se creó el puesto del Alto Comisionado para los Derechos Humanos. En su preámbulo, inter alia, se afirma que “el derecho al desarrollo es un derecho universal e inalienable que constituye parte fundamental de los derechos de la persona humana”.

Este reconocimiento del derecho al desarrollo como un derecho humano sólo puede y pudo haberse entendido a la luz de la unidad de concepción e indivisibilidad de los derechos humanos.


2. Justiciabilidad de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Emilio Mignone –citado por Carmen Gutiérrez - indica que el acontecimiento más significativo de la década de los noventa consiste en la creciente conciencia universal acerca de la necesaria ampliación de los derechos económicos, sociales y culturales y a su protección. En efecto, la problemática actual a ese respecto no era perceptible tan claramente en la época de la aprobación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y del Pacto Internacional en materia de DESC.

Habiéndose superado la dualidad entre derechos individuales y sociales y al ser proclamada la indivisibilidad de ambos espectros en la Conferencia de Derechos de Teherán (1968), se consolidó un buen paso para la protección y consecuente exigibilidad de los DESC tanto a nivel nacional como a nivel internacional.

Como lo sostiene Carmen Gutiérrez, todos los derechos humanos requieren acciones del Estado que aseguren su respeto, absteniéndose de actuar en contrario; y su protección, al aplicar medidas que aseguren su disfrute efectivo.

Víctor Abramovich señala que la condición de exigibilidad requiere identificar las obligaciones mínimas de los Estados. En relación con los DESC, de su estructura se desprende que las obligaciones estatales se caracterizan por un hacer, es decir brindar prestaciones positivas o derechos de prestación.

Las obligaciones respecto a estos derechos son de comportamiento, sostiene Pedro Nikken: Su realización no depende de la sola instauración de un orden jurídico ni de la mera decisión política de los órganos gubernamentales, sino de la conquista de un orden social donde impere la justa distribución de los bienes, lo cual sólo puede alcanzarse progresivamente . La violación no depende de un acto sino de una omisión, muchas veces condicionada a la existencia de recursos que permitan la satisfacción de estos derechos; para establecer que un Estado ha violado alguno de estos derechos no basta comprobar que no está vigente, sino se debe demostrar que el poder público no ha alcanzado los adelantos técnicos apropiados.

A nivel internacional, como se ha visto, existen algunos adelantos en cuanto a la exigibilidad de los DESC, pues en el Pacto Internacional actualmente no sólo se establece el procedimiento convencional de informes periódicos para evaluar el grado de cumplimiento de un Estado con respecto a sus obligaciones con respecto al Tratado; sino que además, se ha creado un Comité Especial de DESC, el que durante sus reuniones, entabla un diálogo directo con los Estados para evaluar sus medidas progresivas a favor de los DESC, y emite sus observaciones y recomendaciones respectivas, las que deben ser cumplidas de buena fe y apegándose al principio pacta sunt servanda por los Estados.

A nivel regional, la Convención Americana contiene un solo artículo referido a los DESC, el artículo 26 . Este puede ser integrado con el artículo 42 de la Convención que dispone la obligación de los Estados partes de remitir a la Comisión Interamericana los informes y estudios que ellos someten al Consejo Económico y Social y al de Educación, Ciencia y Cultura “a fin de que aquella (la Comisión) vele porque se promuevan los derechos derivados de las normas económicas, sociales y sobre educación contenidas en la Carta de la Organización de Estados Americanos” .

Lo primero a advertir es que el artículo 26 no tiene una identificación clara de qué derechos protege, la función del intérprete será precisarlos haciendo una integración con las disposiciones contenidas en la Carta de la OEA. Otra vicisitud que se puede entrever es sí el artículo 26 sólo impone la obligación de emitir providencias para lograr progresivamente la efectividad de los DESC.

Pero hay opiniones que sostienen que los artículos 1 y 2 son aplicables al artículo 26. Christian Courtis –citado por Cecilia Medina - sostiene que “sobre la aplicabilidad de los artículos 1 y 2 de la Convención a los derechos económicos, sociales y culturales que surgen del artículo 26, no parece caber la menor duda”. Estos dos artículos encabezan la Convención, de modo que si éstas normas se refieren a los derechos y libertades reconocidos en la misma, no tiene porqué entenderse que se refieran sólo a los derechos del Capítulo II; en el mismo sentido, podría sostenerse que la interpretación de la normas que consagran derechos humanos debe ser siempre pro persona.

Sin embargo, Cecilia Medina va más allá de la simple conexión entre el artículos 26 con el 1 y 2 de la Convención Americana, pues ello implicaría el hecho del reconocimiento de la obligación de implementar medidas progresivas por los Estados a favor de los DESC, la solución más de fondo –señala la autora- es que los Estados se obliguen a respetar y garantizar un estandar mínimo . La idea de protección de los DESC, inexorablemente tuvo que ser superada a la luz de la parquedad de la Convención, es por ello que resulta importante la regulación de los derechos económicos, sociales y culturales en el Protocolo de San Salvador, pues esto refuerza y avanza el contenido de la norma del artículo 26 convencional.

En el Protocolo Adicional a la Convención Americana en materia de DESC, han quedado dos mecanismos que devienen de la entrada en vigor del mismo: el sistema de peticiones individuales en materia de libertad sindical y derecho a la educación, que pueden ventilarse en el seno de la Comisión y Corte Interamericana de Derechos Humanos, según sea el caso; y el de informes periódicos de los Estados parte, para los Consejos Interamericanos Económico y Social; de la Educación, la Ciencia y la Cultura; y de Derechos Humanos.

A nivel nacional, los Estados –sostiene Gutiérrez de Colmenares - deben contener disposiciones constitucionales de carácter general, las que están presentes también en los instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos, que otorgan al titular de un derecho, recursos para exigir respuesta a su demanda mediante procedimientos administrativos de reclamo judicial por las fallas de hecho o de derecho en que haya incurrido la administración (vía contencioso-administrativa) y de evitar su violación o asegurar su restitución (amparo). También, la acción de inconstitucionalidad contra leyes, reglamentos y disposiciones de carácter general se utilizan en algunos países en casos de violación a estos derechos.

En materia de amparo, por ejemplo, se han presentado acciones de amparo interpuestos a favor de menores de edad, para proteger su derecho a la educación, en una de ellas por impedir la inscripción de una estudiante para un nuevo ciclo lectivo, en otra por exceso en la aplicación de medidas disciplinarias (expulsión) a dos estudiantes. En los fallos, la Corte de Constitucionalidad ha señalado que se viola ese derecho cuando las normas reglamentarias o disciplinarias de los centros educativos que se apliquen a menores de edad no guardan coherencia con los valores, principios y normas del Estado Constitucional de Derecho y de la Declaración y la Convención sobre los Derechos del Niño (expedientes 291-97 y 787-2000).

En el caso de inconstitucionalidad de leyes y referente a la protección del derecho a la salud, la Corte declaró inconstitucional una ley de liberación de importación de medicinas, en el que reconoce: “el derecho a la salud y a la protección de la salud, por el que todo ser humano a disfrutar de un equilibrio biológico y social que constituya un estado de bienestar en relación con el medio que lo rodea; implica el poder tener acceso a los servicios que permitan el mantenimiento o la restitución del bienestar físico, mental y social (…) esta Corte advierte que la mencionada Ley viola la Constitución porque: 1) releva al Estado de su obligación constitucional, contenida en el artículo 96, de controlar los productos que puedan afectar la salud, que ha venido realizándose mediante el registro sanitario y mediante la aplicación, entre otras, de las normas del Código de Salud (…)”. (Expedientes acumulados 355-92 y 359-92).

Sobre la protección de los derechos de los trabajadores también se ha pronunciado en variadas ocasiones la Corte, especialmente en acciones de amparo, orientando la interpretación de los jueces laborales a los principios y normas que contiene la Constitución con relación al derecho de trabajo. Además, ha declarado con lugar acciones de amparo, cuando a los trabajadores se les ha despedido sin darles la audiencia correspondiente que regula la Constitución Política, dentro de las garantías del derecho de defensa.

Por último, se puede indicar la labor que realiza el Procurador de los Derechos Humanos, quien tiene atribuciones para velar por la protección (a nivel judicial y administrativo) de los derechos humanos de carácter individual y de los DESC, a través de las atribuciones que le confiere la Constitución Política .

3. El Derecho Humano a la Alimentación y a la Seguridad Alimentaria

El Relator especial de las Naciones Unidas para el derecho a la alimentación, 2002, ha dicho que el derecho a una alimentación adecuada es un derecho humano, inherente a todas las personas, que consiste en “tener acceso regular, permanente y sin restricción, directamente o por medio de compras financieras, de alimentos adecuados y suficientes en cantidad y calidad que corresponda a las tradiciones culturales de las personas que las consumen, asegurando la realización física y mental, individual y colectiva de una vida libre de miedos.”

Luego de brindar una definición acerca del derecho a una alimentación adecuada, es necesario matizar también los conceptos de seguridad y soberanía alimentaria:
• La Seguridad Alimentaria, a nivel individual, familiar, nacional, regional y global se realiza cuando todas las personas, en todo momento, tienen acceso físico y económico a suficientes alimentos seguros y nutritivos para satisfacer sus necesidades y preferencias alimenticias para una vida activa y sana
• La soberanía alimentaria es el derecho de los gobiernos nacionales a:
o Definir su propia alimentación y agricultura;
o Proteger y regular la producción agrícola local y negociar de tal manera que se logren los objetivos del desarrollo sostenible;
o Determinar hasta qué punto quieren ser independientes;
o Restringir la salida de productos de sus mercados; y
o Dar a las comunidades locales basadas en la pesca la prioridad del manejo del uso de los recursos acuáticos.

La soberanía alimentaria no niega la comercialización, sino más bien promueve la formulación de políticas y prácticas de negociación que sirvan a los derechos de las personas a la alimentación, y asegurar una producción sostenible, ecológica y saludable.

En síntesis se puede decir que:

a) El derecho a una alimentación adecuada, es un concepto legal basado en los principios de los derechos humanos, que se focalizan en los individuos como titulares de derechos, sobre todo el hambriento o sub-nutrido;
b) La soberanía alimentaria, es un concepto político que se centra en las necesidades de los pequeños productores y su derecho a producir;
c) La seguridad alimentaria, es un concepto técnico basado en las necesidades de grupos vulnerables, a través de programas y políticas.

Lo que debe garantizarse en pro del respeto y promoción del derecho a la alimentación adecuada, es lo siguiente:

• Disponibilidad de Alimentos: Directamente de tierra productiva (producción agrícola, pecuaria) o de recursos naturales (caza, pesca, recolecta); o, Alimentos frescos o procesados obtenidos en mercados y tiendas.
• Alimentos y alimentación adecuados: Patrones dietéticos y de consumo apropiados; Alimentos libres de substancias adversas (patógenos, toxinas, contaminantes, residuos, etc.); Incluye valores de preparación de alimentos y consumo (sabor, apariencia, frescura, palatabilidad) así como aceptabilidad cultural.
• Acceso a Alimentos. A través de:
o Medios financieros personales o familiares para comprar alimentos para una dieta adecuada (satisfacer las necesidades dietéticas individuales y familiares por todo el año).
o Accesible a todos, incluyendo grupos e individuos vulnerables.
o Accesible en todas partes, incluso en áreas remotas.
o Accesible a víctimas de desastres, conflictos armados, grupos indígenas, étnicos, etc.

Un enfoque novedoso en el derecho a una adecuada alimentación hace de los grupos vulnerables el centro de la atención y se enfoca sus derechos humanos. Apela por una acción responsable de todos los miembros de la sociedad, incluyendo al sector privado, el cual ha estado alejado en la periferia de los programas de desarrollo. La sociedad civil reclama por un cambio y redirección de las anteriores fuerzas mencionadas hacia beneficios sociales equitativos.

3.1. El papel de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO)

Los Estados que aceptaron la Constitución de la FAO, se pronunciaron, decididos a fomentar el bienestar general intensificando por su parte la acción individual y colectiva a los fines de: “elevar los niveles de nutrición y vida de los pueblos… y contribuir así a …liberar del hambre a la humanidad”.

En la Cumbre Mundial para la Alimentación (1996) Declaración de Roma, quedo asentado:
“Nosotros, los jefes de Estados y Gobiernos... reafirmamos el derecho de cada uno a tener acceso a alimentos sanos y nutritivos, concordando con el derecho a una alimentación adecuada y el derecho fundamental de cada uno de no padecer hambre”.

Desde este evento, FAO se implicó activamente en la promoción del Derecho a una Alimentación Adecuada.

En el marco estratégico de la FAO 2000-2015, se establece: a) Un enfoque para la seguridad alimentaria basado en los Derechos Humanos; b) Se pretende asegurar el acceso de todas las personas en todo momento a alimentos suficientes, nutricionalmente adecuados e inocuos, como se aprobó por la Cumbre Mundial sobre la Alimentación en la Declaración de Roma.

La estrategia de implementación del Derecho a la Alimentación de la FAO, pretende:
• Fomentar la comprensión del derecho a la alimentación y de los enfoques basados en los derechos humanos, así como difundir su utilización por parte de todo el personal de la FAO en su trabajo;

• Elaborar métodos e instrumentos para ayudar a las partes interesadas en la realización del derecho a la alimentación;

• Informar y educar para que los titulares de derechos y deberes, la sociedad civil y el público en general sean más conscientes del derecho a la alimentación y lo comprendan mejor;

• Prestar apoyo a las primeras fases de la aplicación del derecho a la alimentación y de las Directrices.


4. Pobreza, Hambre y Desnutrición en Guatemala

4.1. Pobreza y Desarrollo

A pesar del conocimiento general de que cada uno de los términos indicados, pobreza y desarrollo, implican conceptos diferenciados y tratados con una metodología propia, es dable agruparlos en esta ocasión, solamente con el objeto de hacer perceptible lo vinculante que es para el Desarrollo de un Estado o varios Estados (región) el combate a la pobreza y desigualdad, sobre todo en un escenario en donde lo macro, lo global, el diseño de un Estado mínimo invisibiliza lo micro-social, las comunidades y sus necesidades.

El Desarrollo podría irse configurando –en criterio del ensayista- en función de cuatro dinámicas coherentes: a) Consolidación del Estado de Derecho, que implique una división de poderes, legitimidad popular del gobierno, legalidad de la administración pública, respeto y promoción de los Derechos Humanos; b) estabilidad económica; c) combate a la pobreza y desigualdad; d) Gobernabilidad democrática y participación ciudadana.

En este estudio nos centraremos a analizar el punto tercero.

Según Simmel –citado por Edgar Mendoza - se puede definir como pobre “Aquel cuyos recursos no alcanzan a satisfacer sus fines y alivio de sus necesidades, el pobre, sociológicamente es el individuo que recibe socorro a causa de esa falta de recursos”.

La pobreza no sólo se traduce en la descripción enunciativa de una serie de datos estadísticos sino que se configura también como una derivación de un proceso histórico de marginalidad, exclusión y discriminación.

El ser “pobre” no implica solamente un dato económico de su subsistencia diaria , sino incluye todo un fenómeno estructural que repercute:
• En su status de ciudadanía. Es sabido, que una persona sin acceso a oportunidades de educación y acceso a la cultura, mengua su capacidad de poder ejercer y comprender sus derechos y deberes frente a la sociedad y el Estado;
• Su status económico – social: El ser pobre implica -de acuerdo con la “teoría de la marginalidad”-, estar dentro de una masa fuera de la estructura económica lejos del proceso productivo de un país, y por ende, sin posibilidades de acceder a oportunidades de mejoramiento en su calidad de vida. Además, lo hace endeble en el mercado laboral, para potenciar sus pericias y capacidades.
• La apropiación de su identidad étnica o de clase. El ser pobre implica un desmedro en la dignidad de la persona humana, que hace que aquél desconozca o pierda el interés de reivindicar sus rasgos identitarios, ontológicos o ideológicos con su comunidad, etnia o clase social a la que pertenezca; lo que implica que en volumen exista poco poder de transformación, exigencia y lucha de los colectivos sumidos en pobreza y pobreza extrema.
• La pobreza también es una consecuencia derivada de un proceso histórico de marginación y exclusión social de ciertos sectores o grupos.

Siguiendo una línea apegada a la sociología del conocimiento de Mannheim –citado por Mendoza -, se puede encontrar una secuencia histórico social de la pobreza, también de quiénes son los permanentemente afectados por la pobreza provocada por un sistema económico determinado y dominante, o la pobreza como una secuela de conflictos y tensiones entre grupos que conservan las formas políticas y sociales de un Estado.

Acercándonos a esta visión cognoscitiva de la pobreza de Mannheim y haciendo énfasis en el caso guatemalteco, podemos saber quienes han sido los históricamente pobres, es decir los miembros de los grupos y pueblos indígenas , aquellos que han sido por siglos sometidos a explotación e incluso condiciones de servidumbre, desde la conquista, colonia, reforma liberal hasta mediados del siglo XX.

Durante esas épocas se dio la expoliación agravada de la mano de obra indígena, en muchas ocasiones mediante el trabajo forzado, el trabajo poco remunerado o las prácticas feudales del trabajo en especie o mediante usufructo. La decadencia económica de los grupos indígenas tiene varias aristas, derivado del aprovechamiento de todas sus riquezas originarias: tierra, recursos naturales y minerales, los que fueron arrebatados, invadidos, usurpados durante la conquista, culminando fatalmente con la reforma liberal que irrumpió incluso con la tierra comunitaria y los ejidos de los llamados “pueblos de indios”.

Pero la pobreza hoy en Guatemala, no sólo afecta al conglomerado indígena, como veremos at infra, ha dañado –sobre todo a partir de las políticas de intervención mínima estatal- a grupos de clase media que se han desplazado a la línea trazada por la pobreza.

Como se ha descrito, la pobreza en Guatemala se le considera históricamente estructural y ha adquirido diferentes formas en el transcurso del tiempo. Su mantenimiento crónico se debe a políticas económicas y sociales desiguales.

Durante el contexto del conflicto armado en Guatemala, la crisis económica agudizó la pobreza en el país, especialmente en el período de 1970-1990. Esto en virtud de la política de sustitución de importaciones, la mecanización en el agro, el movimiento insurgente, la dictadura militar, el aumento de desempleo, la poca inversión nacional y foránea, políticas económicas cerradas, represión, abandono del área rural, la depreciación de la moneda, el inicio de las políticas de estabilización y ajuste estructural, y otros factores que en conjunto hicieron cada vez más visible la pobreza en el país, flaqueando con toda forma de gobernabilidad democrática. La situación anterior sólo favoreció al sector oligárquico – agroexportador del país.

En la década de los años ´90, aparece lo que Mendoza denomina la nueva pobreza o pauperización creciente, surgida de los paradigmas monetaristas de privatización y desempleo del sector público del Estado, trayendo a escena un nuevo fenómeno, la economía informal. Para mayor documentación de esta nueva etapa, se puede revisar el estudio realizado por FLACSO Costa Rica, sobre la nueva pobreza o los nuevos pobres, es decir, los grupos que no eran pobres pero que ahora están debajo o en la línea de la pobreza.

A parte de la denominada economía informal, surge un concepto novedoso pero debatible, la llamada cultura de la pobreza planteada por Oscar Lewis.

La pobreza como contexto va teniendo también un efecto post-social, pues ya no sólo se hace mención de los grandes retos macro económicos para solventar la pobreza, sino que en la actualidad se plantea la necesidad de estudios micro-sociales sobre el objeto de estudio. Esa perspectiva micro-social se puede percibir en el abordaje de los conceptos de economía informal y cultura de la pobreza.

Según el Programa Regional del Empleo en América Latina y el Caribe PREALC, la economía informal ha surgido dentro de varios aspectos de: a) la estrechez del mercado, mayor importación; b) el contexto de la trasnacionalización; c) el progreso técnico en la era global; d) menos espacio de venta, ya que el sector económico formal ocupa mayores espacios; e) desempleo; f) el salario no es la única forma de remuneración; g) estructura económica heterógenea .

La cultura de pobreza fue propuesta por el antropólogo Oscar Lewis y constituye un desdoblamiento de la teoría de la marginalidad. La cultura de la pobreza lleva en si misma los procesos de socialización, psicología y relación con la economía y la sociedad, un estado de perpetua penuria en relación con aspectos culturales, el pobre perpetua su propia pobreza porque no quiere salir de ella y se transmite de generación a generación. Para Lewis, la cultura de la pobreza tiene un sentido antropológico de normas, valores, conocimientos, adaptación al medio y símbolos. La propia falta de organización del pobre y de participación, lo lleva a una desorganización social. Se critica a este modelo, pues en él no aparecen las relaciones de poder, ni de clase social ni las pugnas o contradicciones que genera el capitalismo.

4.2. La problemática del hambre y la desnutrición en Guatemala

En el Informe Nacional de Desarrollo Humano presentado por el PNUD en 2002, se presenta un panorama desolador de la pobreza en Guatemala. Luego de la afirmación de la acentuación de la pobreza en un 56% de la población, dentro de dicho porcentaje se conoce que el 76% de los pobres son indígenas, comúnmente del área rural del país y el 26% de este grupo, se encuentra en situación de extrema pobreza.

La pobreza se vino incrementando a fines de la década pasada como producto de la crisis del café, la sequía, y en general, como resultado de una reducción del ingreso por habitante. Junto con la pobreza hubo un incremento en la inseguridad alimentaria .

En cuanto a disponibilidad de alimentos, la población guatemalteca se vio afectada por los factores indicados (sin que exista al momento una variación sustancial, en los pobres y más pobres), en primer lugar y a diferencia de la mayor parte del resto de América Latina, donde la oferta media de calorías alcanzaba 2802 calorías por persona a fines de la década de los ´90, en Guatemala la oferta de calorías alcanzaba solamente 2159 por habitante en 1998. En segundo lugar, la producción de granos básicos (cereales) se redujo durante la década de los noventa, especialmente si se mide en términos de la producción por habitante. Como contraparte, aumentó la importación de alimentos en general y de granos básicos en particular. Ello se dio, en parte, como resultado de un proceso de apertura y de apreciación cambiaria, que abarataron las importaciones e incidieron negativamente en los incentivos para producir para el mercado nacional. La disminución de la producción se vio compensada por el aumento de importaciones, con lo que la oferta de alimentos a nivel nacional no necesariamente disminuyó, aunque sí introdujo un mayor grado de incertidumbre acerca de su disponibilidad .

En el Informe Nacional de Desarrollo Humano (2002) se deja en claro la situación de desnutrición y falta de acceso a alimentos en el país:
“La extrema desigualdad del ingreso en Guatemala implica que aunque existieran suficientes alimentos disponibles, habría una proporción importante de la población que no tendría la capacidad de adquirirlos, por insuficiencia de ingresos. En efecto, el principal condicionante del acceso a alimentos ha sido el grado de pobreza. De acuerdo con datos de la ENCOVI 2000 el 80.8% de los menores de 5 años afectados por desnutrición crónica (es decir, con talla menor a la que correspondería de acuerdo con su edad) y el 84.5% de aquellos afectados por la desnutrición global (con menor peso al que correspondería a su edad) estaban en una situación de pobreza. Resulta significativo que la mayor proporción de niños afectados por la desnutrición se encontraba entre los pobres no extremos, es decir, no se encontraban solamente entre los hogares con insuficientes ingresos para adquirir las calorías mínimas (2,172) que se requieren para vivir adecuadamente.
Dado que la pobreza ha sido mayor en el área rural y entre la población indígena, la desnutrición también ha sido mayor entre población rural e indígena. Así, según la ENCOVI, en el 2000 el 49.4% de la población rural estaba en una situación de desnutrición reflejada en un retardo de talla (tomando en cuenta su edad), en contraste con 30.9% en el área urbana. Entre la población indígena el porcentaje equivalente era de 57.3% y entre los no indígenas del 31.6%, siendo levemente mayor entre mujeres (43.8%), que entre hombres (43.0%)”.

Por último, es deplorable mencionar que Guatemala se constituye en un país con basto atraso en lo relacionado a un derecho a alimentación y seguridad alimentaria, en virtud que los índices de desnutrición crónica son bastante elevados, y existen con una tendencia muy leve a la baja: Del 57.9 % en 1987, se pasó a un 49.7 % en 1995, a un 46.4% en 1998-1999, y el 43.1 % para el año 2000, según los datos recogidos por el Informe Nacional de 2002.

MSc. Luis Ernesto Cáceres Rodríguez*
Abogado Consultor y Asesor


*Ponencia presentada en representación de COPREDEH en ocasión del Seminario “Protección Constitucional y Justiciabilidad de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en especial del Derecho a la Alimentación en Guatemala”, organizado por la Corte de Constitucionalidad de la República de Guatemala, la Agencia de Cooperación Austríaca para el Desarrollo –ADA-, la Comisión Internacional de Juristas, FIAN-Internacional y FIAN-Austria. Guatemala, 15-16 de noviembre de 2007.

viernes, 19 de octubre de 2007

LA REVOLUCIÓN DE OCTUBRE Y EL CAMINO HACIA LA INTERVENCIÓN ESTADOUNIDENSE

El 20 de octubre de 1944 se gestó una revolución democrática, en la cual convergieron una diversidad de sectores sociales: estudiantes, sindicalistas, intelectuales, empresarios, maestros, otros; quienes lograron derrocar a la dictadura ubiquista. En marzo de 1945 entró en vigor la nueva Constitución de la República y ascendió al poder, un intelectual, profesionista, no vinculado con la estructura militar: el Dr. Juan José Arévalo.

El Gobierno de Arévalo, respondió claramente a las necesidades sociales y de modernización capitalista largamente sentidas, sobre todo a raíz de la crisis capitalista de 1929. Dentro de las medidas que se pueden destacar se encuentran: las reformas bancaria y monetaria de 1945 y la Ley de Fomento Industrial de 1946, las cuales crearon el esperado marco institucional para estimular la actividad económica. Se desarrolló una profunda reforma educativa, en la que Arévalo exhibió su reconocida competencia y tendió a remover los obstáculos culturales al desarrollo. La legislación social (Código de Trabajo y Ley del Seguro Social) a favor de la clase trabajadora, fue el factor que impulso la revolución, pero lamentablemente a su vez, fue el que inició con la oposición conservadora.

Luego de estas transformaciones sucedieron paralelamente varias intentonas de golpes de estado, sobre todo, la acontecida en el año de 1949, con el alzamiento del sector más conservador del ejército, cuyo líder era el coronel Javier Arana. El alzamiento se produjo al conocerse que el coronel Arana había muerto en la balacera que tuvo lugar al procederse a su captura, pues una noche anterior Arana había presentado un ultimátum al presidente Arévalo y estaba por consumarse un golpe de estado. La insurrección militar fue derrotada bajo la dirección de Jacobo Arbenz, en ese entonces Ministro de la Defensa, cuya nominación a partir de entonces fue la de “el soldado del pueblo”.

Arbenz arribó al poder en 1951, después de elecciones generales democráticas, en la cual convergieron por vez primera en Guatemala, partidos políticos de diversas corrientes ideológicas: derecha, centro e izquierda; aunque las dos últimas posiciones eran las más apoyadas. El lema de la campaña presidencial de Arbenz fue la reforma agraria, aunque pocos pensaron en que la llevaría a cabo. El programa de gobierno llevado a cabo fielmente por Arbenz planteaba tres estrategias: a) la independencia de la economía nacional; b) la transformación de Guatemala en un país capitalista y afirmaba que “la industrialización del país no podría realizarse sin la reforma agraria”; c) Que la transformación económica trajera consigo la mayor elevación posible del nivel de vida del pueblo; él mismo afirmó: “de nada nos servirá ser económicamente cada vez más libres en el mundo si lo fuéramos cada vez menos en nuestra propia casa (...) Toda la riqueza de Guatemala no vale lo que vale la vida, la dignidad, la salud y la felicidad del más humilde de sus habitantes” .

Bajo esas premisas, el proyecto revolucionario de Arbenz comprendió: la construcción de una carretera moderna al Atlántico para poner fin al monopolio de la IRCA – United Fruit; la construcción de un puerto moderno en el Atlántico para poner fin al monopolio portuario de la United Fruit; y la construcción de una central hidroeléctrica cuya capacidad sería cuatro veces superior a la instalada en la Empresa Eléctrica, para terminar el monopolio de la Electric Bond and Share Co.

El proyecto más contundente fue el de reforma agraria, consolidado por medio de la Ley de Reforma Agraria, Decreto 900 del Congreso, promulgada el 17 de junio de 1952. El objeto de la reforma era: “liquidar la propiedad feudal en el campo y las relaciones de producción que la originan, para desarrollar la forma de explotación y métodos capitalistas de producción en la agricultura y preparar el camino para la industrialización de Guatemala” (artículo 1). Era claro, que la ley no pretendía un sistema socialista, ni mucho menos constituía una acción comunista, como la clase oligarca con apoyo de la embajada norteamericana hicieron suponer, para mantener sus privilegios a costa de la miseria del pueblo guatemalteco. Además, la reforma buscaba la expropiación de tierras no cultivadas u “ociosas” de las fincas mayores de 270 Ha., con lo que no se afectaba totalmente la propiedad, en especial, de los pequeños y medianos agricultores. En los 18 meses de aplicación de esta ley, el gobierno de Arbenz logró beneficiar entre 31% y 40% de campesinos y trabajadores agrícolas sin tierra .

Todas las reformas revolucionarias de Arévalo y Arbenz tocaron los intereses de la oligarquía guatemalteca y de las empresas trasnacionales estadounidenses. Era el momento en que nuevamente la embajada norteamericana tenía que actuar, sobre todo en un escenario internacional tenso, en virtud de la denominada “guerra fría”. Por ello, se pueden mencionar como causas externas del derrocamiento de Arbenz, el 27 de junio de 1954, las siguientes: a) la inhabilidad de todos los gobiernos norteamericanos para articular sus relaciones con regímenes progresistas en América Latina, pues cuando se lo proponen provocan la restauración del régimen anterior; b) la vocación de independencia del programa arbencista y los crecientes desacuerdos en política internacional con los Estados Unidos, en una época en la cual toda América Latina, con excepción de México, apoyaba incondicionalmente la política exterior norteamericana; c) la preocupación de la embajada norteamericana por la participación de grupos comunistas en los proyectos de gobierno y su alianza con partidos de gobierno.

Dentro de los factores internos, se puede citar como el fundamental, el golpe de Estado del Alto Mando del Ejército, bajo la compulsión del embajador norteamericano John Peurifoy. El 17 de junio de 1954 ingresaron a territorio guatemalteco tres columnas, de unos cientos de hombres, organizados por la CIA en territorio de Honduras. Estos en ningún momento pensaron en derrotar al ejército de Arbenz, el cual permaneció con cierta lealtad –pues queda registrado que no hubo una oposición abierta del ejército a los programas de gobierno, en especial, el de reforma agraria, hasta darse cuenta que el objeto de la invasión era hacer ostensible ante la oficialidad del ejército la decisión tomada por los Estados Unidos de intervenir en Guatemala. El 27 de junio de 1954 el embajador Peurifoy convocó a su despacho al Jefe de las Fuerzas Armadas, al Ministro de la Defensa, al Jefe del Estado Mayor del Ejército y a otros jefes militares y los conminó a que exigieran la renuncia a Arbenz. El golpe de Estado se dio ese mismo día.

Fue en ese momento en que quedaron truncadas las ideas democráticas y progresistas de los gobiernos revolucionarios y se instauraron nuevamente los gobiernos conservadores apoyados por los grupos oligarcas de Guatemala, que en una nueva fase de apoyo e intervención militar (1954-1986) en todas las esferas sociales del país, dejaron las heridas abiertas para la promoción de una guerra fratricida, que dejo más dolor, muerte, sufrimiento y atraso para esta nación, que ha permanecido -como otras naciones latinoamericanas- en el sueño de los justos, en la espera de un amanecer colectivo de felicidad y bienestar, al cual nunca podemos dejar de aspirar y luchar.

Luis Cáceres

Sobre los escritores y pensadores chapines*…

Sabían que en la guatebonita, no obstante, su aproximado cuarenta por ciento de analfabetismo, anidan y anidaron pájaros libres del pensar y de la literatura. Pájaros a veces callados, violentados, ultrajados, sometidos al ostracismo. Esos pájaros a los que no se les permite volar y se les trata de opacar cortándoles sus gigantes y emplumadas alas. Tan libres como el quetzal que vuela subrepticiamente en las selvas cobaneras y en la Sierra de las Minas de mi tierra.

Tenemos que seguir en la enseña de aquel bello poema del ilustre José Batrés Montúfar:

YO PIENSO EN TI
“Yo pienso en ti, tú vives en mi mente
Sola, fija, sin tregua, a toda hora,
Aunque talvez el rostro indiferente
No deje reflejar sobre mi frente
La llama que en silencio me devora.
En mi lóbrega y yerta fantasía
Brilla tu imagen apacible y pura
Como el rayo de luz que el sol envía
A través de una bóveda sombría
Al roto mármol de una sepultura.
Callado, inerte, en estupor profundo,
Mi corazón se embarga y se enajena
Y allá en su centro vibra moribundo
Cuando entre el vano estrépito del mundo
La melodía de tu nombre suena.
Sin lucha, sin afán y sin lamento
Sin agitarme en ciego frenesí
Sin proferir un solo, un leve acento,
Las largadas horas de la noche cuento,
¡Y pienso en ti!”

Qué hermoso es llevar en la mente a la mujer amada, estrepitosamente en el pensamiento, fogosamente en el corazón. Seguir contando las largas horas de la noche para pensar en ti, mujer amada.

Mi país, el de los paisajes verdes, los ríos y lagos verdes, montañas verdes, suelo verde, horizonte verde de esperanza. En este bello país, también floreció como ruiseñor el poeta, escritor y periodista Miguel Ángel Asturias, Premio Lenin de la Paz en 1966 y Premio Nóbel de Literatura de 1967. Connotado por su máxima obra “El Señor Presidente”, prototipo básico para entender los procesos dictatoriales y caudillistas en Latinoamérica, especialmente, para la Guatemala de fines del siglo XIX e inicios del siglo XX. Entre otras obras destacadas se encuentra “Leyendas de Guatemala”, “Hombres de Maíz” y “El Papa verde”. Asturias describió a nuestro príncipe Quiché, inspirado en esa patria verde, desgarrada violentamente por la invasión y resistencia que lleva más de quinientos años:


TECÚN UMÁN
“Tecún-Umán el de las torres verdes,
el de las altas torres verdes, verdes,
el de las torres verdes, verdes, verdes,
y en fila india indios, indios, indios,
incontables como cien mil zompopos:
diez mil de flecha en pie de nube, mil
de honda en pie de chopo, siete mil
cerbanteneros y mil filos de hacha
en cada cumbre ala de mariposa
caída en hormiguero de guerreros.
Tecún-Umán, el de las plumas verdes,
el de las largas plumas verdes, verdes,
el de las plumas verdes, verdes, verdes,
verdes, verdes, quetzal de varios frentes
y móviles alas en la batalla,
en el aporreo de las mazorcas
de hombres de maíz que se desgranan
picoteados por pájaros de fuego,
en red de fuego entre las piedras sueltas …”.

Cuánto han amado esos hombres a Guatemala. Cuántas veces la habrían pensado libre, en un amanecer de sueños construidos, de atardeceres festivos, de regocijo entre los niños, niñas y mujeres, de entrega afanosa de la tierra a los hombres humildes del campo. A cuánto sufrimiento fueron sometidos, cuántos dieron sus vidas por la anhelada democracia, que hoy incipientemente forjamos. ¡Cabal! Esto me hace recordar al poeta revolucionario, Otto René Castillo, así se dirigía él a su patria:

VAMOS PATRIA A CAMINAR

“Vamos patria a caminar yo te acompaño.

Yo bajaré los abismos que me digas.
Yo beberé tus cálices amargos.
Yo me quedaré ciego para que tengas ojos.
Yo me quedaré sin voz para que tú cantes.
Yo he de morir, para que tú no mueras,
Para que emerja tú rostro flameando al horizonte
De cada flor que nazca de mis huesos.

Tiene que ser así, indiscutiblemente.

Ya me cansé de llevar tus lágrimas conmigo.
Ahora quiero caminar contigo, relampagueante.
Acompañarte en tú jornada, porque soy un hombre
Del pueblo, nacido en octubre para la faz del mundo.

Ay, patria,
A los coroneles que orinan tus muros
Tenemos que arrancarles de raíces,
Colgarlos en un árbol de rocío agudo,
Violento de cóleras del pueblo.
Por ello pido que caminemos juntos. Siempre
con los campesinos agrarios
y los obreros sindicales,
con el que tenga un corazón para quererte.

Vamos patria a caminar, yo te acompaño”.

Así se levantó la voz del pueblo. El poeta se hizo revolucionario, el revolucionario escribió de forma poética su lucha, desde Leipzig, Alemania. Abandonó su vida de estudios, para compartir la lucha con su pueblo. El aguerrido escritor empuñó sus manos con esos sindicales y campesinos que describía. Murió entre manos torturadoras y balas de esbirros en 1967. Su legado es su convicción de lucha, de cambio. Su convicción de pensar y actuar, como lo hacen los acrisolados hombres de virtud.

Ya ven que paradójico es mi país, analfabetas conviviendo entre sueños de poetas.

Luis Cardoza y Aragón, otro escritor chapín, vivió y murió en el exilio en México. Él describió un problema sociológico y cultural acerca de la identidad del mestizo o ladino, sobre todo, en el contexto del conflicto armado interno suscitado en Guatemala por más de tres décadas (1960-1996), algo que me parece interesante compartir:

“El ladino es un ser históricamente traumatizado”, un híbrido desequilibrado, porque es el resultante de una relación injusta y opresiva entre dominadores y dominados. El ladino manifiesta una pisocología del resentimiento: complejo de inferioridad, sensación de ilegitimidad, inseguridad. No siente bajo sus pies una historia ni una cultura, a veces ni una fisonomía, verdaderamente propias. Tiene una tendencia acusada a desvalorizar lo noble y a exaltar lo negativo, y es muy propenso al sometimiento hacia el extranjero. Para los poderosos, los “ladinos” proporcionan un escape económico, social y psicológico, a la opresión y explotación de las clases dominantes y del imperio.

Por ello, aunque ladino o mestizo suelen identificarse como sinónimos, debemos definirnos –los no indígenas- como “mestizos”, pues esta categoría es la correcta, ya que parte de una concepción biológica, y no ideológica, que incita el concepto de “ladino”, el cual, se define así para asemejarse idealmente al español. Los no indígenas, también debemos construir nuestra propia identidad y eliminar lo que correctamente definió Luis Cardoza. No debemos caer en esa psicología obsoleta de la superioridad y la desvaloración del indígena

Tantas historias, sueños y cuentos, pero no los de aquellos que nos impusieron los falsos ideólogos colonialistas y neo colonialistas. Historia hecha vida, hecha tristeza y alegría, hecha agonía y melancolía, la bella historia lírica de mi país. Es un cuento al mundo, un poema épico de amor, como el cuento más histórico, al igual que su brevedad histórica, del escritor y cuentista guatemalteco, Augusto Monterroso, Premio Príncipe de Asturias 2000, el cual decía: “Cuando despertó, el dinosaurio aún estaba allí”. Simple acotación, sencilla y compleja narrativa.

Para concluir planteó que es necesario, en Guatemala y en el resto de países hermanos latinoamericanos, conocer a nuestros escritores y pensadores para proyectarnos en el horizonte que ellos y ellas han trazado.


Luis Cáceres
Diciembre, 2004.

lunes, 8 de octubre de 2007

LA IDEOLOGÍA COMO SISTEMA CULTURAL

El tópico descrito ha tomado interés para las ciencias sociales, sobre todo, después de la categorización universal expuesta por algunos pensadores e intelectuales del liberalismo económico, acerca del "fin de las ideologías" en la época global. Pero para desmitificar dicha afirmación, se puede partir de la siguiente premisa, el sistema cultural está determinado por sus aspectos ideológicos. Pero ésto también dificulta llegar a generalizaciones ideológicas, si partimos de los aspectos subjetivos que influyen en el pensamiento individual y colectivo.

Existen varias aristas acerca de qué se entiende por ideología: Un cúmulo de representaciones imaginarias acerca de la realidad (Marta Hanecker); un sistema de ideas que reflejan y disfrazan más o menos una realidad económica básica, son “mistificaciones” de esa realidad , al menos mientras no se ha desenmascarado su origen (Engels); un aspecto más de la superestructura de dominación de una clase sobre otra (Marx); una concepción evaluativa de la ideología (análisis sociológico); Wernet Stark nos informa “el pensamiento ideológico… es sospechoso, dudoso, algo que deberíamos superar y expulsar de nuestra mente”.

La ideología puede verse en su aspecto micro como ese conjunto de ideas o interpretaciones del individuo acerca de cómo él interpreta la realidad, acercándonos con lo dicho, a lo descrito por Berkeley: razón es igual a percepción. O, como lo sostiene en su análisis fenomenológico Hussley, el hombre debe abrir sus puertas a la percepción, como una forma de emancipación.

Sin embargo, el sistema cultural puede ser determinante para la consolidación de una ideología. Este sería el aspecto macro. En los espacios comunitarios, las costumbres y prácticas sociales determinan ideas, percepciones de sus miembros acerca de la realidad que observan, premisas que se vuelven vinculantes e inviolables por ellos. Dentro de una concepción eminentemente política, la superestructura estatal influye y puede influir radicalmente en un sistema cultural y de ideas determinado. Ejemplo de esto hay varios:
a) El poder eclesiástico, que ejerció su fuerza a través del miedo al pecado, a la contraposición de sus dogmas y su influencia represiva hacia los individuos, intimidándolos con la inminencia de un mundo aciago para los inicuos;
b) El poder económico, que aliena e ideologiza a las personas en razón de la ausencia o abstinencia de aquellos bienes o cosas que no pueden poseer (dictadura del capital), y que se presentan en el mercado como algo sustancial, cayendo los sujetos en meros consumidores de un sistema de cosas (bienes de lujo, accesorios, promoción de la abundancia, el placer, etc.) que incluso puede ser perjudicial para su misma subsistencia;
c) El poder estatal absolutista o autoritario, que impone un único modo de pensar y de expresión, apoyándose en ciertas reglas o parámetros considerados como únicos e irrefutables, como la visión xenofóbica de los nazis, el modelo represivo y nacionalista del fascismo, la percepción totalitaria del Estado como único regente de la vida humana, en el socialismo, entre otras formas, en donde el aspecto ideológico es determinante para la permanencia del sistema político, y en el cual, toda la institucionalidad (sobre todo en su aspecto superestructural, educativo y militar) debe acogerse al sistema de ideas imperante.

Pero observemos dos corrientes que nos dan una explicación y conocimiento de qué debe entenderse o en qué consiste la ideología: a) el materialismo histórico, y b) la concepción sociológica contemporánea.

a) El materialismo histórico como corriente filosófica y política, establece la existencia de tres niveles que interactúan en la vida en sociedad y en el Estado: el nivel económico, el jurídico – político y el ideológico.

En el nivel económico, o base social, se desarrollan las relaciones sociales de producción, las cuales, dependen de los modos en que se da la producción, distribución e intercambio. En la corriente filosófica descrita, se explica que el nivel económico determina el aparato político, jurídico e ideológico del Estado, el cual reproduce y justifica la existencia de relaciones económicas de explotación y desigualdad, o, en su caso, de justicia y equidad social.

El determinismo económico que se desarrolló a través del materialismo histórico, sirve como categoría científica para desentrañar que toda producción normativa que se traduce luego en praxis política está revestida, en última instancia y de forma esencial, de los intereses económicos y políticos que se manifiestan en las relaciones de poder, es así como se justifica, por ejemplo, que se debata acerca del rol mínimo del Estado para intervenir en las relaciones económico sociales (esquema neoliberal), o que, por el contrario, se argumente que el Estado debe dirigir el sistema económico y ejercer un papel importante para distribuir los ingresos y la producción nacional (Estado paternalista o benefactor). El Derecho, constituye una herramienta útil en la definición de las políticas económicas y orientaciones filosóficas de los actuales Estados modernos, es por ello que no se puede apartar la norma jurídica de los hechos económicos y políticos, que le sirven de fundamento y esencia.


Los hechos o acontecimientos sociales, es decir el ámbito fáctico y objetivo sobre el cual el Derecho y el Estado se va gestando y desenvolviendo, están a su vez influidos por la ideología predominante en una sociedad en un momento histórico determinado, y en este apartado debemos detenernos. Los aspectos ideológicos representan los elementos imaginarios sobre los cuales los hombres asientan sus hábitos, costumbres, tendencias de comportamiento y que sirven para establecer las conductas permisivas y prohibitivas que debe precisar el Derecho. La ideología es explicada por Marta Harnecker –citada por Raúl Castillo - así: “las ideologías no son representaciones objetivas, científicas del mundo, sino representaciones llenas de elementos imaginarios; más que describir una realidad, expresan deseos, esperanzas, nostalgias. Las ideologías pueden tener elementos de conocimiento, pero en ellas predominan los elementos que tienen una función de adaptación a la realidad. Los hombres viven sus relaciones con el mundo dentro de la ideología. Es ella la que forma su conciencia y sus actitudes y conductas para adecuarlas a sus tareas y a sus condiciones de existencia”.

Marx diría sintéticamente, que el ser social determina la conciencia social. No es la conciencia (Bewusstsein) de los hombres la que determina su existencia (sein), sino, por el contrario, su existencia social es la que determina su conciencia .

Verbigracia, el Derecho como fenómeno social está influido directamente por la ideología, la cual se da en dos niveles: primero en forma difusa, más que todo arraigada en las costumbres (vgr. el otorgamiento de dotes para llevar a cabo el matrimonio); y el segundo nivel, en donde la ideología se manifiesta de forma reflexiva y sistemática, que se da en la legislación, al darle vida a cuerpos legales con carácter de derecho positivo, y éste es el nivel importante, pues es el que incorpora muchas veces las costumbres, tendencias sociales, fundamentos morales, etc., los que son normados comúnmente en concordancia con los intereses de los grupos de poder político y económico de la sociedad.

b) Concepción sociológica contemporánea. Para ésta la ideología constituye una concepción evaluativa, es un hecho demostrado que el estudio de la ideología versa sobre un modo de pensamiento que está entregado a su propio curso.

Stark sostiene que todas las formas de pensamiento están socialmente condicionadas por su misma naturaleza, pero que la ideología presenta además la desdichada condición de estar psicológicamente “deformada” (torcida, contaminada, falsificada, anublada, desfigurada) por la presión de emociones personales como el odio, el deseo, la ansiedad o el miedo. La sociología epistemológica trata del elemento social en la búsqueda y percepción de la verdad, y de su inevitable confinamiento en una u otra perspectiva existencial. Pero el estudio de la ideología se refiere a lo siguiente:

Las ideas y las creencias, pueden ser referidas a la realidad de dos maneras: o bien a los hechos de la realidad, o bien a los empeños a que da nacimiento esa realidad o mejor dicho la reacción contra esa realidad.

Edward Shils traza una pintura de la “visión ideológica”, en la que aparece “una variedad de formas, cada una de las cuales alega ser única”, como el fascismo italiano, el nacionalismo alemán, el bolchevismo, el comunismo francés e italiano. Esta visión rodeó e invadió la vida pública de los países occidentales durantes los siglos XIX y XX, y amenazó con lograr el dominio universal. Fundamentalmente consiste en el supuesto de que la política debería manejarse desde el punto de vista de una serie coherente y comprensiva de creencias que deben imponerse a toda otra consideración. En opinión de Talcott Parsons el problema de la ideología surge cuando hay una discrepancia entre lo que se cree y lo que puede establecerse científicamente como correcto. Y en ello, estriba un problema fundamental: lo que se entiende como científicamente correcto está determinado por una posición ideológica u ontológica específica.

Reflexiones finales
1. La ideología puede evaluarse desde una arista individual, concerniente a la apreciación de toda persona de su realidad: sus ideas, interpretaciones, elementos imaginarios o de conciencia;
2. La ideología en un nivel macro, puede entenderse como un estándar de valores políticos y sociales, que va conformando un sistema cultural propio, aceptado por el grupo social o impuesto a través de un sistema político imperante;
3. Para la corriente materialista, la ideología se manifiesta como un cúmulo de interpretaciones o mistificaciones falsas acerca de la realidad, impuesta por una clase dominante, determinadas por las circunstancias materiales del individuo, que hacen muchas veces que éste se aliene y se encuentre desprovisto de su conciencia de clase;
4. En la ciencia social contemporánea, la ideología está referida a una concepción enteramente evaluativa, constituye un sistema ordenado de símbolos culturales, vistos desde un espectro individual o colectivo, o ambos en forma complementaria.

MSc. Luis Ernesto Cáceres Rodríguez
Abogado y Notario
Maestro en Derecho Constitucional

martes, 11 de septiembre de 2007

ENSAYO.
"Sociología del Cuerpo:
La Ontología Social en Marx y Nietzche"

Luis Ernesto Cáceres Rodríguez


1. Sociología y Ontología

Uno de los problemas centrales de la filosofía política y social está ligado al concepto de libertad del ser humano, lo cual, nos conduce a una aproximación entre la filosofía de las ciencias sociales y la ontología. En lato sensu, ésta constituye una rama de la filosofía que estudia la naturaleza del ser u objeto.

En el estudio de las ciencias sociales, se puede decir, que se asumen posturas ontológicas acerca del individuo y de la interacción entre individuos. La estrategia de individuos es lo que llamamos lo “social”, y esto constituye, nuestro sesgo ideológico u ontológico.

Comúnmente se ha disertado sobre el individuo, la sociedad y el Estado, con base a las grandes teorías políticas y construcciones ideológicas del pensamiento (los metarelatos). En primer término, existen los aportes de la filosofía política antigua, que son tomados magistralmente por Aristóteles, quien desarrolla una teoría política, expresada en su concepción naturalista acerca de los roles micro y macro de poder, bajo la lógica lineal y continuada del paso de la familia a la ciudad-Estado, lugar, en donde el hombre iba a ser autosuficiente y podría existir en lo que él llamaba la eudemonología.

En segundo lugar, se puede considerar que la filosofía de la ilustración (Siglo XVI-XVIII) rompió y revolucionó el pensamiento social, desde la construcción de una ciencia de la política o de lo político, a partir, del pensamiento de Nicolás Maquiavelo, hasta el desarrollo pleno del liberalismo político que se sustentó en los aportes brindados desde Hugo Grocio hasta Kant: En el campo de la política a través de la teoría de la separación de poderes (explicitada por Loche y Montesquieu), en el mundo jurídico por la afluencia del iusnaturalismo, en el ámbito económico por el ascenso de la burguesía comercial e industrial, y en lo religioso, por la reforma protestante impulsada por Lutero y Calvino. Este proceso en un inicio político y jurídico, pero posteriormente más de carácter económico, desarrolló toda una filosofía del individualismo y utilitarismo que sustenta la ontología actual de las corrientes económicas monetaristas o neoliberales. Para contextualizar esta filosofía libertaria y el carácter del derecho natural, se puede decir –tomando en cuenta a un gran pensador de esta etapa, Hobbes- que “las leyes de la naturaleza significaban en realidad un conjunto de normas con arreglo a las cuales un ser idealmente razonable buscaría su propia ventaja en el caso de tener conciencia plena de todas la circunstancias en que actuaba y de no estar en absoluto afectado por el impulso momentáneo ni por ninguna clase de prejuicios (…) las leyes naturales exponen condiciones hipotéticas con arreglo a las cuales permiten los rasgos fundamentales de los seres humanos que se funde un gobierno estable. No exponen valores, sino que determinan causal y racionalmente qué es aquello a lo que se puede dar valor en los sistemas morales y jurídicos” (el resaltado es propio).

Precisamente en el pensamiento hobbessiano es en donde se encuentra un sustento importante para la construcción de una ontología individualista, sus acepciones acerca de la naturaleza egoísta y competitiva del hombre, consolidada por las posiciones utilitaristas de Smith y Stuart Mill. Lo anterior se infiere, de lo expuesto por Hobbes en el Leviatán:

“De este modo señalo, en primer lugar, como inclinación general de la humanidad entera, un perpetuo e incesante afán de poder, que cesa solamente con la muerte. Y la causa de esto no siempre es que un hombre espera un placer más intenso del que ha alcanzado; o que no llegue a satisfacerse con un moderado poder, sino que no pueda asegurar su poderío y los fundamentos de su bienestar actual, sino adquiriendo otros nuevos ”(el resaltado es propio).

Otro de los metarelatos –que se consideran clásicos en el pensamiento político- es el elaborado por el Marxismo, pues en éste se plantea una crítica ideológica, política, económica, social, jurídica y de todo ámbito contra la sociedad capitalista, que se ajustaba al pensamiento burgués claramente consolidado a fines del siglo XVIII. La posición ontológica marxista, se deja entrever en sus planteamientos de una sociedad sin clases, la abolición de la propiedad y del Estado como instrumento de opresión social. En el Manifiesto Comunista se lee:
“Los comunistas pueden resumir su teoría en esta fórmula única: abolición de la propiedad privada (…) ¿es que el trabajo asalariado, el trabajo del proletario, crea propiedad para el proletario? De ninguna manera. Lo que crea es capital, es decir, la propiedad que explota al trabajo asalariado y que no puede acrecentarse sino a condición de producir nuevo trabajo asalariado, para explotarlo a su vez. En su forma actual, la propiedad se mueve en el antagonismo entre el capital y el trabajo asalariado (…) El capital no es, pues, una fuerza personal; es una fuerza social. En consecuencia, si el capital es transformado en propiedad colectiva, perteneciente a todos los miembros de la sociedad, no es la propiedad personal la que se transforma en propiedad social. Esta perderá su carácter de clase. Por la libertad, en las condiciones actuales de la producción burguesa, se entiende la libertad de comercio, la libertad de comprar y vender (…). Os horrorizáis de qué queramos abolir la propiedad privada. Pero en vuestra sociedad actual la propiedad privada está abolida para las nueve décimas partes de sus miembros. Nos reprocháis, pues, el querer abolir una forma de propiedad que no puede existir sino a condición de que la inmensa mayoría de la sociedad sea privada de propiedad ” (el resaltado es propio).

En la actualidad, los grandes relatos han sido criticados por establecer un diseño único y atomizante de la sociedad, lo que va en desmedro de la diversidad y unidad, en la que debe discurrir la humanidad en los albores del Siglo XXI. Esto ha sido planteado por los filósofos post-modernistas y en otro sentido por los post-estructuralistas, que hacen una crítica a la modernidad. El estudio de estas dos escuelas del pensamiento se da dentro de lo que conocemos como “epistemología” de la filosofía de las ciencias.

Dentro de las ideas generales de la corriente post-modernista se pueden señalar:
i) Más que una corriente epistemológica es un movimiento social, que nace en lo estético y artístico.
ii) Plantea la negación del método y del conocimiento.
iii) Posmoderno no es igual a post estructuralismo, pero para algunos sí.
iv) Su posición es anti-metodológica, como lo plantea Lyotard. Para él la literatura y ciencias sociales son lo mismo.
v) No plantean el logro del conocimiento universal. Privilegian la “localidad”. A eso se llama “relativismo local”.
vi) Niegan la política, su conclusión lógica es la apolítica.

Así también se pueden indicar algunos caracteres del Post-estructuralismo:
i) Dentro de los precursores está Foucault. Él aplica como métodos la genealogía (aplicación de Nietzche a la filosofía de Foucault), y la arqueología (del saber, de lo sexual, etc.). El objetivo de los estudios de Foucault, es la “liberación de lo normal”. Él si tiene una tendencia a la política.
ii) Los post-estructuralistas no niegan el conocimiento.
iii) Su base sí es la política.

Según el filósofo centroamericano Carlos Rojas Osorio, en uno de sus artículos Foucault afirma “que tanto la arqueología como su genealogía no perseguían una crítica total de la razón”, pues no ve en el irracionalismo ninguna salida. Focault tampoco hace una crítica general a la razón, ni de las formas universales de racionalidad, sino que sostiene que la forma adecuada de resistir al poder es hacer la “historia de racionalidades específicas”, la psiquiátrica, la penal, la médica, la del Estado, etc., en las cuales ve complicidad entre racionalidad y poder –como el caso Nazi-; Foucault destaca lo indispensable de la razón pero también señala sus peligros .


2. Nociones Generales de la Sociología del Cuerpo.

Filósofos y sociólogos han debatido largamente el problema de la acción social y la voluntad individual en el contexto de la historia y la estructura social. De hecho, puede decirse que el problema de la libertad humana, la voluntad individual y la determinación social constituye una de las cuestiones centrales de la civilización occidental. Si observamos en la historia de la teología cristiana el entorno de acción se refiere al problema de la voluntad de Dios en relación a la acción humana.

El problema del ser en el mundo ha sido explicado básicamente desde el existencialismo, en especial, en la inspiración de Heidegger, Sartre o Alex Husley, pero hasta en ese momento no bajo una perspectiva sociológica del cuerpo. La ausencia de teoría relacionada con este campo obedece a la tradición cristiana occidental del cuerpo, bajo una metáfora persistente en las relaciones sociales: Fue el cuerpo humano quien “proveyó un lenguaje metafórico a la teología cristiana, la cual concebía a la Iglesia como el cuerpo de Cristo y consideraba a la comunidad religiosa como una fraternidad vinculada por la fe y la sangre (…) El cuerpo de Cristo, la sangre de la salvación, el agua del bautismo, el pan de la Comunión, el cuerpo quebrado del Salvador: estos han sido los símbolos constantes del pensamiento y la experiencia cristianos, que obran en oposición a la tradición sacerdotal de la abstracción teológica ”.

En la teoría social freudiana, las instituciones de la civilización son levantadas en contra de las poderosas energías del ello. Para Freud, los rituales y tabúes de la civilización eran un mal necesario, pues el orden social y la razón se asentaban en una cierta subordinación y sublimación del afecto y la emoción desnuda. Para él, los orígenes de la civilización estaban localizados en el complejo de Edipo, en donde el rechazo de la vinculación sexual entre parientes proveyó el fundamento esencial de la estabilidad política, a costa del contentamiento y la satisfacción individuales.

La dicotomía entre necesidad versus orden fue significativo también dentro de la obra de Durkheim, quien concebía la estabilidad de la sociedad moderna como un orden basado en el consenso normativo en contra del destructor capricho del deseo individual. El crecimiento de las expectativas en la sociedad moderna puso en obra una condición de anomia que negaba la posibilidad de la regularidad y la solidaridad social.

En la sociología de Weber, ésta presenta también el tema de la contradicción entre el hábito y el sentimiento, y por el otro, la lógica de hierro de la razón y la racionalidad. El análisis del ascetismo que hace Weber puede ser visto como una teoría de la racionalización del cuerpo, en donde la disciplina monástica se usa para sofocar la incesante demanda de impulso sexual. En la teoría crítica, podemos observar que el desarrollo de la moderna sociedad racional se encuentra también basado en la negación de las energías libidinosas, de manera que la ilustración se funda en la concentración del cuerpo y la subordinación de la emoción irracional. Estos temas de la racionalización versus el deseo formaron parte del proceso global de la civilización .

Es dable recordar que la sociología también significa literalmente la sabiduría de la coparticipación, y de ahí que la sociología se ocupe del análisis de la reciprocidad, el intercambio y la comunicación, en donde el medio del intercambio es tanto simbólico como material.

En este sentido, se deben anotar los aportes realizados por Feuerbach quien subrayó la importancia de la actividad práctica sensual en el examen de la esencia humana. Para Feuerbach, los seres humanos se apropian de la naturaleza al comerla, en consecuencia, el hombre es lo que come.

Esta noción de la acción sensual y práctica encarnada fue acogida por Marx, cuyo concepto de la praxis engloba la noción del trabajo sobre la naturaleza como actividad humana básica. Puesto que al ser los cuerpos parte de la naturaleza, el trabajo debe comprender el trabajo sobre nuestros cuerpos, los que son transformados de modo constante por las prácticas culturales y políticas. Del marxismo deriva la posición de que cualquier análisis del agente debe fundarse en la teoría de la corporación humana como el rasgo fundamental para toda noción materialista de la acción y práctica. Hay que recordar en esto, tres características básicas del pensamiento marxista desde una arista de la ontología social:

• El ser social determina la conciencia social. Como lo sostienen Amitai y Eva Etzioni, al referirse a este pensamiento marxista, “No es la conciencia de los hombres la que determina su existencia, sino, por el contrario, su existencia social es la que determina su conciencia ”;
• El fin de la historia no radica en su interpretación sino en su transformación;
• Por último, una lógica de la contradicción antagónica, y en ocasiones no antagónicas, del ser en sociedad: “Toda la historia de la sociedad humana, hasta el día, es una historia de lucha de clases ”.

Se puede concluir este apartado, afirmando que la sociología como una sociología del cuerpo, tiene tres tareas:

• El análisis de la corporificación social, lo que se puede contemplar en términos de encarnación, apoderamiento y ensimismamiento. La corporificación es subjetiva y poderosa, y la corporificación social tiene que ser conceptualizada en términos de un conjunto de dimensiones críticas;
• La sociología se interesa en el problema del intercambio y la reciprocidad dentro de los hábitos de la vida cotidiana. La confraternidad o “socius” depende de este progresivo intercambio constante e inmediato;
• Por encima del mundo de la reciprocidad, la sociología también se consagra a las instituciones del orden macro-social. En correspondencia con las necesidades humanas está el dominio económico de la producción y la concepción. Ligado al individuo está el mundo de la política, el cual es represivo pero a su vez habilitador. En correspondencia con el ensimismamiento está el mundo de la cultura y la ideología, el que institucionaliza el pensamiento y la comunicación por conducto de un sistema de signos y símbolos. La sociología intenta entender estas complejas relaciones entre el mundo macro-social de las instituciones que son reguladoras y el mundo cotidiano de la corporificación social a través de intercambios recíprocos.

La sociología del cuerpo es una parte importante para toda investigación social, pues la sociología busca comprender la confraternidad que surge de los intercambios progresivos y constantes entre los agentes encarnados que se esfuerzan por satisfacer sus necesidades y deseos dentro de lo cotidiano.

3. La Ontología Social en Marx y Nietzche

Un problema central que se plantea dentro de lo que se denomina ontología social es el referido a la pregunta ¿Qué es el cuerpo? En este apartado sobre el estudio de la corporeidad, nos centraremos en dos pensamientos diferentes pero afines en alguna manera de la ontología, a partir de Marx y Nietzche.

En Marx, la naturaleza humana es definida en términos del hecho de que los hombres, en su sentido genérico, trabajan de forma colectiva la naturaleza para satisfacer sus necesidades, y en el proceso ellos mismos se transforman en agentes sensibles, prácticos y conscientes. La naturaleza existe como una realidad independiente, pero el trabajo humano la modifica y se la apropia una y otra vez, con el resultado que la “naturaleza” se convierte también en un producto social. Marx evita una posición relativista al sugerir que lo universal a la especie humana es la necesidad de satisfacer sus necesidades por medio de la apropiación de la naturaleza y aquello que todos compartimos es el potencial transformativo de la praxis .

En el marxismo, el cuerpo es tanto el vehículo como el lugar del trabajo, existe, pero es transformado de modo constante por la acción humana.

La explicación del hombre en la naturaleza y la naturaleza en el hombre de Marx, no ha sido plenamente desarrollada en la exégesis marxista. Algunos aspectos de los escritos de Lukács, han sido incorporados a este enfoque marxista de la ontología social. Los ingredientes de esta ontología son insertos en la explicación de Marx de cómo los seres sociales transforman la naturaleza y se apropian de ella, por medio del proceso colectivo del trabajo. El hombre, en el sentido genérico, transforma la naturaleza, la cual es objeto y la condición de su existencia, a través del trabajo, el cual constituye una actividad conciente y práctica.

Estas reflexiones sobre el ser en la sociedad deben dar respuestas a los problemas sustanciales de la teoría social clásica: la relación entre el hombre con los animales y la naturaleza, y el salto ontológico entre la naturaleza y la sociedad. La respuesta de Marx a estas cuestiones es urdida alrededor de un análisis dialéctico de la relación entre la “naturalización del hombre” y la “humanización de la naturaleza”. Para Marx, la fluidez de la dicotomía naturaleza/ cultura está esculpida por el carácter histórico y social del trabajo .

Otro referente importante, en esta aproximación a lo que es la ontología social, es Nietzche, quien planteaba que en la búsqueda del conocimiento existe interés en las necesidades prácticas, lo que sabemos no existe independientemente del lenguaje, planteaba que el lenguaje es nuestra primera y última realidad. Puesto que el conocimiento es variable en virtud de la variable gramática del lenguaje, lo que existe es asimismo dependiente del lenguaje. Nuestro ser es producto de la clasificación; posición que está conectada con el inmaterialismo de Berkeley (existencia es percepción), y una doctrina que constituye la base del argumento de Foucault de que el cuerpo es producto del saber clasificatorio y el poder.

En Nietzche, nuestra existencia corpórea no procede a nuestros sistemas de conocimientos clasificatorios y, por consiguiente, el cuerpo es una construcción social. La idea que el cuerpo es un constructo tiene, de manera fundamental, profundas implicaciones para el debate actual en torno al género y la sexualidad, pero no es de modo necesario una conclusión pesimista, ya que aquello que ha sido construido puede ser a su vez, desconstruido.
¿Y los Derechos Humanos qué son, de quién son, para qué existen?

Luis Ernesto Cáceres Rodríguez

Los derechos humanos son una categoría jurídico política, que esgrimieron bajo la denominación de “derechos naturales” los liberales y iusnaturalistas frente a los monarcas y señores feudales. Luego los materialistas, con el nombre de “derechos históricos” para defender los intereses de la clase trabajadora frente a la explotación capitalista. Más adelante, se universalizaron y conceptuaron como “derechos humanos” corolario del drama de las guerras mundiales, y ahora se han ido especificando para proteger a grupos sociales vulnerables y vulnerados. Por ello digo que son una categoría jurídico política, porque son la evidencia de que las concepciones del derecho van aunadas a la teoría e ideología política. Eso entiendo que son, claro que existirán más interpretaciones, y hay que conocerlas. El problema se encuentra en su existencia y desarrollo.

El problema existencial de los derechos humanos es su uso. En la realidad mundial, su concepto está utilizándose para poner gobiernos y romper culturas. Para homogenizar las sociedades, para imponer indirectamente una visión única del mundo. Esa concepción de los derechos humanos no la comparto. Los derechos humanos los podemos entender siempre que comprendamos el discurso político con el cual se suelen acompañar. Así inició el imperio para invadir a Afganistán, como siempre, con sus campañas mediáticas a favor de la democracia, los derechos humanos, su lucha contra el terrorismo, incluso se habló de igualdad de género. Ahora preguntémonos si ese ha sido realmente el objetivo: ¿Qué tan democrático se está convirtiendo Afganistán? ¿Qué acciones se han realizado para lograr la igualdad de género? ¿Porqué el mundo ya no observa que sucede en Afganistán?; más simple y pueril ¿Dónde está Bin Laden?. Y con Irak, ¿Qué fue lo que pasó? El plato de entrada es el mismo, la “democracia”, los “derechos humanos”, con el adicional de las “armas de destrucción masiva”, que al final ya ni pudieron probar donde se encontraban. ¡Pero claro! Se me olvidaba que el imperio si respeta el “derecho internacional humanitario”. Antes de invadir y matar ciudadanos y ciudadanas en Faluya, tuvieron la gentileza de emitir comunicados y panfletos para que abandonaran la ciudad. ¡Si hombre! el imperio si respeta los derechos humanos. ¡Por fin! me termine de convencer que Cuba viola los derechos humanos, porque en Guantánamo -me enteré- que unos soldados torturaban a los prisioneros de guerra de Irak.

Se dice “es el fin de la historia”, pero no saben que es el comienzo de una nueva historia, de una nueva concepción de ésta. La caída del muro de Berlín, los atentados del 11-S y del 11-M, redefinieron la problemática mundial. Ya no es la cortina de hierro, es el mismo hierro que mata ahora con fronteras más invisibles, con discursos más demagógicos y cínicos, con tecnología de punta y sin efecto traumático para los victimarios, pues los botones hacen que se desvanezca la sensibilidad hacía las víctimas. Algo aprendieron los gringos en Vietnam y Corea del Norte: No crear problemas psíquicos y psicológicos en sus “héroes” y combatientes.

Los sistemas de protección de derechos humanos –con sus bondades porque las existen y se deben conocer- se están moldeando como instrumentos de unos países para controlar y manipular a otros. Sin embargo, hay personalidades que se oponen a que utilicen de forma instrumental los mecanismos y órganos mundiales, regionales de protección. Un paréntesis para aplaudir a Kofi Annan por realizar esta labor.

En la actualidad se lucha y desea la consolidación de la Corte Penal Internacional. Es evidente que en una lógica del humanismo, deben de perseguirse penalmente a los violadores a ultranza de los derechos y valores fundamentales del ser humano: Los genocidas, los que cometen ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas, crímenes de guerra. El objetivo es respetable. Pero, ¿qué pasa? Los países que más guerras ocasionan y que más imponen la guerra, son quienes están argumentando en contra de la Corte. Y como siempre, los países más pequeños, los más débiles, a los que nos tienen que decir que hacer -sin darse cuenta de lo valioso que somos-, debemos firmar por aquí y por allá, ratificar, celebrar con bombos y platillos la entrada al concierto de las naciones que abogan por los “derechos humanos”, por la “democracia”. Es como el juego del gato y el ratón. Al final, los Estados cuya fuente de ingresos proviene del comercio de armas y de la tecnología nuclear, los que declaran las guerras y las concluyen cuando quieren, son los que nunca vamos a ver en un tribunal internacional, ni a su diplomacia ni a sus ciudadanos.

Algunos me preguntarán, licenciado, profesor o Luis, ahora que anduvo en Europa, como mira la problemática social y de discriminación. Yo les digo: En el viejo mundo se evidencia que están aminoradas las desigualdades sociales, que la clase trabajadora tiene mayores beneficios laborales y de seguridad social. Pero esta afirmación conlleva otra problemática: “La desigualdad mundial” entre países ricos y países pobres. Hay que recordar que muchos países de Europa tienen su riqueza con base en la expoliación colonial que ejercieron sobre otros pueblos, los de América, Asia y África. Esta injusticia histórica, en particular para los latinos, se puede leer perfectamente en el libro “las venas abiertas de América Latina” de Eduardo Galeano.

En Latinoamérica la brecha entre ricos y pobres es alarmante, y es que como decía Saramago, en la era actual “no se globaliza el bienestar”. A pesar de que en el viejo mundo, existe una mayoría de regímenes que se consideran socialistas y otros social demócratas existe una cultura fuerte del consumo y del individualismo. Aquí viene una paradoja del socialismo europeo: es un socialismo individualizante.

Con respecto al tema de discriminación, la xenofobia y el neo fascismo, estos forman parte de la discusión política y social diaria, sobre todo, en España. Sus frases y consignas, de grupos a favor y en contra, se observan en las calles y periódicos: Algunos todavía ven a los negros, latinos, otros, como seres inferiores. Y aquí surge otra afirmación: la mentalidad racista, los roces culturales, nacionalistas o étnicos, son un problema global Aun no se ha entendido que la grandeza del ser humano, está en el hecho de serlo. En Guatemala también nos encontramos con varios antagonismos: Los blancos contra los mestizos, los mestizos frente a los indígenas, conflictos interétnicos en los grupos mayas. Los problemas de racismo, discriminación étnica y de identidad nacional, son un reto a vencer en la era pos moderna, antes de que sucedan otros campos de concentración.

Bueno mis estudiantes de leyes, mis acuciosos jóvenes y viejos intelectuales, así es como concibo y me explico la problemática de los derechos humanos, al final seguimos en la misma ruta de la utopía y la melancolía.
ESTADO DE DERECHO:
CRÍTICA AL ENFOQUE NEOLIBERAL Y
ANÁLISIS DEL ENFOQUE NEOCONTRACTUAL


En sentido amplio podemos decir que el Estado de Derecho no es aquél en el que los derechos son siempre respetados, sino aquél en el que ante una violación, las personas pueden obtener la tutela del derecho vulnerado.

Del pensamiento ideológico – económico actual se desprenden dos corrientes que propugnan por el estado de derecho, una para garantizar la seguridad jurídica dentro del mercado (esquema liberal) y la otra que se funda en principios axiológicos del estado de derecho (neocontractual); ambas se plantean dentro del modo capitalista de producción.

La corriente liberal tiene el objetivo de constituir como un medio el estado de derecho, cuyo fin sea la libre competencia. Dentro de esa lógica de mercado se aboga por tres aspectos fundamentales:

a) La libertad, que se traduce en la obtención de la persona de derechos como la libre competencia, la libre escogencia de productos, el libre acceso a la propiedad privada, reduciendo el concepto de libertad al de libertad económica, olvidando así su conceptuación sustancial que va vinculada a la primacía de la dignidad humana. El desarrollo de la libertad del ser humano queda atada a las necesidades materiales del hombre: ¿De qué sirve la libre competencia sin igualdad de oportunidades? donde los perdedores serán los mismos que históricamente han sido despojados y excluidos. La libre competencia olvida los valores de solidaridad. Aprenderemos a ver a nuestro prójimo como un objeto (como sucede actualmente), un instrumento que sirva para garantizar nuestra riqueza material; y si por alguna circunstancia ese sujeto – objeto obstaculiza nuestro fin debemos desarrollar todas nuestras capacidades para subsistir y destruir, lo que conlleva a una concepción “salvaje” del sistema económico. De qué sirve la libertad de escoger, cuando el poder adquisitivo de la mayoría poblacional guatemalteca y mundial se ve imposibilitada de adquirir toda esa gama de productos y servicios que ofrece el libre mercado. El mercado y sus productos son una ilusión o espejismo para las millones de personas que viven en la extrema pobreza. La libertad entendida bajo ese aspecto economicista, se vuelve una prerrogativa estéril de una democracia capitalista, desde el momento en que el individuo no está en capacidad de disfrutarla. ¿Qué importa que el hombre sea libre de pensar si al expresar su opinión se le expone al ostracismo social; que sea libre de discutir sus condiciones de trabajo si su situación económica le obliga a plegarse a la ley del patrono; que sea libre de organizar sus diversiones si la preocupación del pan cotidiano le absorbe todo el tiempo; que sea libre de desarrollar su persona si materialmente le falta el minimum vital?

b) Fomentar la inversión reduciendo la función del ordenamiento jurídico a la garantía de la seguridad jurídica estableciendo leyes que reduzcan aranceles, que aumenten los impuestos al consumidor, que no se impongan salarios mínimos a favor de los trabajadores para no desestimular la bendita inversión pero si estimular el hambre, se garantice la propiedad privada a costa de aquellos muchos que no la poseen y reprimir categóricamente a aquellos que vulneren dicho derecho. Es decir, un estado reducido en su función social, sin proteger los derechos humanos de carácter económico y social, pero paradójicamente amplio en su función represiva, creando fuerzas de seguridad eficaces para quien atente contra la propiedad privada y para quien vele por la justicia social. Como lo afirmará Norberto Bobbio “la vigencia y respeto de los derechos humanos son incompatibles con el libre mercado”.

c) Garantía absoluta de la propiedad privada. Para la subsistencia del sistema económico y de una minoría poblacional que está en uso y disfrute de la misma, se estatuye jurídicamente la no vulneración en ninguna forma de dicho derecho. En realidad, en la economía mundial y nacional, se habla poco de aumentar el número de propietarios, pues lo que si aumenta es la acumulación. Como dice José Saramago, “estoy de acuerdo con la globalización, siempre que se globalice el bienestar”.

El segundo enfoque es el neocontractual, el cual deriva de la necesidad de limitar el sistema capitalista liberal y excluyente, y dar un contenido social al Estado, el cual se abandono en virtud de la crisis del sistema socialista. Esta concepción pretende una nueva visión del Estado, moderna, apegada a un contenido social dentro de un sistema capitalista equilibrado, incluyente, nacionalista y progresista.

Uno de los máximos exponentes del neocontractualismo, a quien incluso se le ha denominado neomarxista es Norberto Bobbio[1]. Plantea un Estado de Derecho basado en principios jurídicos y axiológicos. Menciona cuatro aspectos fundamentales para la consolidación del Estado de Derecho, los cuales serán parte del presente análisis: imperio de la ley, división de poderes, legalidad de la administración pública y respeto y vigencia de los derechos humanos.

a) Imperio de la Ley. Se entiende en este aspecto, que todos los ciudadanos y funcionarios debemos someternos a las leyes vigentes del país, siempre que las mismas guarden armonía y concordancia con los intereses de la mayoría (principio de legitimidad de la norma); pues si se deriva una norma o ley injusta, plantea Bobbio que se tiene el derecho a la desobediencia civil o a la resistencia pacífica.

b) División de Poderes. En un estado de derecho esta escisión elimina los abusos que se cometen cuando existe un poder único y concentrado. Los tres poderes del Estado se ven limitados en sus funciones ya que cada cual asume una función especial dentro del aparato estatal (legislar, administrar, juzgar). Estos tres poderes deben actuar de forma coordinada, sin sujeción o subordinación del uno al otro, lo que no quiere decir que no exista un sistema de contrapesos -como lo planteó Montesquieu- pues el Estado mismo establece frenos constitucionales entre ellos: la interpelación de los Ministros por el Órgano Legislativo, el veto presidencial, los antejuicios de funcionarios y legisladores conocidos por la Corte Suprema de Justicia, entre otros ejemplos.

c) Legalidad de la Administración Pública. Exige que los funcionarios públicos, sean depositarios de la autoridad delegada por el pueblo y por ende deben someter sus actuaciones a la ley y la Constitución Política. Ha sido evidente, que en nuestro país históricamente la administración pública en la mayoría de casos, ha servido para garantizar el bienestar de algunos funcionarios a través de la corrupción y desfalco de los bienes del pueblo, ya sea por la elite empresarial (caso de las privatizaciones) o por la clase militar en concurso con sus títeres políticos (la recién anterior administración es un caso ejemplar, al igual que todo el período de militarización en nuestro país).

d) El respeto y vigencia de los derechos humanos. Esta teoría conlleva una visión neo-kantiana, ya que trata de que el ejercicio de la política se realice en concordancia con los valores éticos de la persona humana: la dignidad como eje transversal de la teoría y praxis de los derechos humanos. La crisis actual de los derechos humanos en Guatemala a mi parecer se debate en tres puntos: i) violencia y descomposición social, fruto de un sistema de violencia institucionalizada en el pasado y de la marginación social a que han sido sometidos cientos de jóvenes que se encuentran sin oportunidades ni horizontes de materializar su integridad personal; ii) la situación de los derechos económicos, sociales y culturales, en virtud de que ante el actual sistema económico que impone el liberalismo y la globalización mundial, se trata de invisibilizar esta problemática llevándola a escenarios mágicos y estéticos (léase el pensamiento económico de Von Hayek, Misses, Friedman). En todas las teorías del libre mercado subrepticiamente subsiste la expoliación y la acumulación ávida del capital que nada resuelve la problemática social a nivel nacional e internacional. El liberalismo conlleva además, tesis restrictivas de la organización social y sindical, llegando incluso a comprar algunos movimientos, con el fin de neutralizarlos. Como se ve no solamente transgrede los derechos humanos el Estado que mata y tortura a sus adversarios, sino también el sistema económico que niega el alimento, el techo, la salud, la educación y la identidad cultural; iii) por último, es indispensable en la actualidad, el respeto y promoción de los derechos de aquellos grupos vulnerados y excluidos históricamente como la mujer, los niños, los pueblos indígenas, las personas con retos especiales, los migrantes, los cuales solamente expongo, con el fin de un abordamiento posterior que amerite justipreciar cada uno de ellos ante la complejidad que contienen.

[1] Filósofo político y jurista italiano. Falleció en el mes de enero de 2004.
Luis Ernesto Cáceres Rodríguez